El día 3 de noviembre de 2016, el Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, expidió la Resolución Número 000070, mediante la cual reglamentó el uso de la firma electrónica en los servicios informáticos electrónicos de la DIAN, habilitando el uso del Instrumento de Firma Electrónica (IFE) en estos servicios, para el cumplimiento de obligaciones ante la entidad, sustituyendo así el anterior mecanismo de firma digital respaldado con certificado digital. En este sentido, los contribuyentes y representantes legales que estén obligados a firmar electrónicamente sus declaraciones o las de sus representadas, deberán migrar al nuevo sistema, según el cronograma establecido en la Resolución de la referencia.
Es de vital importancia migrar al nuevo sistema IFE, dentro de las fechas establecidas, pues de no hacerlo se generarán inconvenientes al momento de firmar las declaraciones, lo cual hará que las mismas se entiendan como no presentadas, con las consecuencias que esto conlleva, requiriéndose aún mayor diligencia en las sociedades beneficiarias de la Ley 1429 de 2010, con el fin de que no pierdan los beneficios consagrados en esta norma.